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RESOLUCION 2-9-1997
DIRECCIÓN GENERAL TRABAJO.
DO. Generalitat Valenciana 2 octubre 1997, núm. 3091/1997
NOTARIADO.
Acuerdo sobre sueldos definitivos de empleados de notarías.
Resuelve:
Primero.-Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios colectivos de Trabajo de esta Dirección General, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del acuerdo.
Segundo.-Disponer su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
Acta de la comisión negociadora del Convenio colectivo para empleados de notarios del territorio del Colegio Notarial de Valencia.
En Valencia, a veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y siete.
Siendo las veinte horas de hoy, en la sede del Ilustre Colegio Notarial de Valencia, se reúne la comisión negociadora del Convenio colectivo de trabajo para los empleados de notarios del territorio del Ilustre Colegio Notarial de Valencia, constituido a saber:
En representación de la Asociación Profesional de Notarios del Ilustre Colegio de Valencia:
....(Siguen los nombres)
En representación de la Asociación Profesional Libre de Empleados de Notaría de la Comunidad Valenciana (APLEN) Valencia:
....(Siguen los nombres)
Actúan como portavoces de las respectivas representaciones los señores ..., preside la reunión don ... y actúa de secretario don ....
Dando a este acto el carácter de junta decisoria, que aceptan por unanimidad, se procede a continuación a exponer lo que ha venido tratándose en diversas conversaciones y como consecuencia de ello, se toman, por unanimidad, los siguientes acuerdos,
Sueldos definitivos para el año 1997
A propuesta de la representación notarial que ha sido aceptada por los representantes de los empleados se acuerda incrementar los sueldos definitivos del año 1997 en 2,0 puntos, cualquiera que sea el IPC de este mismo año.
Las cantidades resultantes se incrementarán por redondeo hasta la fracción
inmediata de 100 pesetas, fijándose como sueldos definitivos para todo el año 1997, los
siguientes:
| Grupo 1.º | Grupo 2.º | Grupo 3.º | |
| Oficial 1.ª | 183.600 | 159.200 | 143.600 |
| Oficial 2.ª | 157.800 | 143.600 | 124.500 |
| Auxiliar | 143.600 | 113.700 | 103.500 |
| Copista | 113.600 | 93.100 | 89.200 |
| Subalterno | 84.400 |
84.400 | 84.400 |
A las cantidades expresadas se añadirá el complemento de antigüedad que proceda en cada caso.
Los atrasos correspondientes al año 1997, deberán abonarse con efectos de primero de enero del presente año y se realizarán de forma inmediata, una vez comunicado este acuerdo.
Los salarios establecidos tienen la consideración de mínimos, por lo que los pactos o convenios acordados entre los notarios y sus empleados que impliquen condiciones más beneficiosas para éstos, subsistirán para quien venga disfrutándolos. Del mismo modo, los incrementos establecidos en la tabla salarial fijada, serán absorbidos por cualquier forma de retribución que se viniese percibiendo por los empleados.
Los acuerdos precedentes se comunicarán por la Comisión de Vigilancia, con carácter inmediato a todos los notarios y empleados del territorio, por sus respectivas asociaciones profesionales.
Y para que conste, leída por todos se redacta y aprueba por los reunidos la presente acta que se extiende por cuadruplicado ejemplar a un solo efecto, acordándose su remisión a los afiliados de los colectivos representados, facultándose a los presidentes de las asociaciones firmantes con carácter indistinto y solidario para efectuar todos los trámites precisos ante los organismos competentes, incluso ante la Dirección General de Trabajo, Conselleria de Trabajo de la Generalitat Valenciana y cualesquiera otros centros oficiales, para su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» y su registro en el organismo competente.
Y, en prueba de conformidad, se firma por todos los reunidos la presente acta, levantándose la sesión a las veintiuna horas del mismo día.