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RESOLUCION 5-3-2003
DIRECCIÓN GENERAL TRABAJO.
BOE 21 marzo 2003, núm. 69/2003
    CALZADO.
Dispone la inscripción en el registro y publicación del Acta de fecha 18 de febrero de 2003, donde se recogen los acuerdos de revisión salarial para el año 2002 del Convenio Colectivo del Sector de Fabricación del Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves de ámbito estatal (código de Convenio número 9906955).

Visto el texto del Acta de fecha 18 de febrero de 2003 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial para el año 2002 del Convenio Colectivo del Sector de Fabricación del Calzado Artesano Manuel y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves de ámbito estatal (Cód. Convenio núm. 9906955), que ha sido firmada, de una parte, por la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado en representación de las empresas del sector, y de otra, por las organizaciones sindicales FITEQA-CC OO y FIA-UGT, en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1951, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.- Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

CONVENIO COLECTIVO (RCL 2001\1714) DEL SECTOR DE FABRICACIÓN DEL CALZADO ARTESANO MANUAL Y ORTOPEDIA Y A MEDIDA Y TALLERES DE REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN DEL CALZADO USADO Y DUPLICADO DE LLAVES DE ÁMBITO ESTATAL PARA EL 2001-2002

En Madrid a 18 de febrero del 2003 y en el domicilio social de la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado (Reparación y Medida-Ortopedia), calle Alenza, núm. 13-3ª planta, de Madrid, se reúnen las partes con representación en este convenio.

Reunidos de una parte la representación de los Trabajadores, representada en la mesa por Fiteqa CC OO y Fía UGT y por parte la representación empresarial, representada por la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado, para proceder a la revisión de los salarios del año 2002, en función de lo previsto en el Art. del Convenio Colectivo del sector con vigencia 2001 y 2002, manifiestan lo siguiente:

Acuerdan proceder a la revisión de los citados salarios en un 1,6 por 100 en función de la constatación de que el IPC anual del citado año ha supuesto un 4,0 por 100 y en este acto, firman las tablas correspondientes al citado año sujetas al incremento establecido por el diferencial mencionado del IPC anual.

Lo firman a los efectos de su aplicación en las empresas del sector y de su traslado a la Dirección General de Trabajo a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Asimismo, acuerdan autorizar a la Organización Sindical de FIA-UGT, para que en representación de todas las partes registre el Acta de Acuerdo y Tablas Salariales de la revisión correspondiente al año 2002 del citado Convenio.

Lo que así se manifiesta en este acto y se levanta, la presente acta a los efectos legales oportunos.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión, siendo las 18 horas del día de la fecha y lugar mencionado.

Lo que aprueban y rubrican las partes firmantes en nombre de la Organizaciones representadas, siendo por: FIA-UGT, FITEQA CC OO, FNPAC-RMO.

ANEXO 1

TABLAS SALARIALES PARA 2002 REVISADAS AL 4 POR 100

Reparación de calzado

Personal administrativo/retribución mensual Salario base mes

2002
Plus convenio mes

2002
Beneficios mes

2002
Salario mes

2002
Extra julio + dici.

2002
Total anual

2002
Oficial de primera 763,06 76,30 88,13 927,50 1.678,74 12.808,74
Oficial de segunda 697,09 69,71 80,52 847,32 1.533,62 11.701,46
Auxiliar 603,46 60,34 69,70 733,50 1.327,61 10.129,65
Aprendiz de 16 a 21 años 389,84 38,98 45,03 473,86 857,66 6.543,91

 

Personal de oficio/retribución mensual Salario base día

2002
Plus convenio día

2002
Beneficios mes

2002
Salario mes

2002
Extra julio + dici.

2002
Total anual

2002
Maestro de Reparación 23,10 2,31 78,62 828,97 1.478,74 11.426,44
Guarnecedor 20,85 2,08 70,94 747,98 1.334,28 10.310,06
Oficial de primera 20,85 2,08 70,94 747,98 1.334,28 10.310,06
Oficial de segunda 20,50 2,05 69,74 735,33 1.311,71 10.135,66
Ayudante 19,46 1,94 66,20 697,91 1.244,95 9.619,89
Peón-Mozo-Per. Limpieza 19,25 1,92 65,52 690,73 1.232,13 9.520,88
Aprendiz de 16 a 21 años 13,23 1,32 45,02 474,71 846,80 6.543,27

 

Personal de comercio/retribución mensual Salario base mes

2002
Plus convenio mes

2002
Beneficios mes

2002
Salario mes

2002
Extra julio + dici.

2002
Total anual

2002
Recepcionista 603,46 60,34 69,70 733,50 1.327,60 10.129,60
Aspirante Recepción (16-18) 558,91 55,89 64,55 679,35 1.229,59 9.381,76

Medida-Ortopedia

Personal/retribución mensual Salario base mes

2002
Plus convenio mes

2002
Beneficios mes

2002
Salario mes

2002
Extra julio + dici.

2002
Total anual

2002
Hormero 900,43 90,04 104,00 1.094,46 1.980,94 15.114,57
Encargado de Sección 762,93 76,29 88,12 927,35 1.678,46 12.806,58

 

Personal de oficio/retribución diaria Salario base día

2002
Plus convenio día

2002
Beneficios mes

2002
Salario mes

2002
Extra julio + dici.

2002
Total anual

2002
Patronista 27,51 2,75 93,59 986,84 1.760,35 13.602,32
Maestro de Mesilla 23,10 2,31 78,62 828,97 1.478,74 11.426,44
Subencargado de Sección 22,33 2,24 75,99 801,26 1.429,34 11.044,49
Cortador 21,51 2,15 73,20 771,71 1.376,61 10.637,17
Oficial de primera 21,51 2,15 73,20 771,71 1.376,61 10.637,17
Guarnecedor 20,85 2,08 70,94 747,98 1.334,28 10.310,06
Oficial de segunda 20,69 2,07 70,38 742,07 1.323,73 10.228,57
Especialista 19,46 1,94 66,20 697,91 1.244,95 9.619,89
Peón-Mozo-Per. Limpieza 19,25 1,92 65,52 690,73 1.232,13 9.520,88
Aprendiz de 16 a 21 años 13,23 1,32 45,02 474,71 846,80 6.543,27