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RESOLUCION 5-6-1997
DIRECCION GENERAL TRABAJO
BOE 24-6-1997, núm. 150
PRENSA
Acuerdo de adhesión del sector de prensa no diaria al II Acuerdo Nacional de Formación Continua.
TEXTO:
Acuerda:
Primero.- Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este centro directivo.
Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
ACTA DEL CONVENIO MARCO DE AMBITO ESTATAL DE PRENSA NO DIARIA
UGT: (Siguen los nombres):
CC. OO.: (Siguen los nombres):
ARI: (Siguen los nombres):
ACTA
Reunida en Madrid, a 26 de mayo de 1997, la Comisión Negociadora del Convenio General de Trabajo de Prensa No Diaria, compuesta por los miembros señalados, han alcanzado los siguientes acuerdos por unanimidad:
Primero.- Adherirse al II Acuerdo Nacional de Formación Continua publicado por Resolución de 14 de enero de 1997, de la Dirección General de Trabajo y Migraciones, en el Boletín Oficial del Estado de 1 de febrero de 1997.
Segundo.- Constituir conforme a lo establecido en el II Acuerdo Nacional de Formación Continua la Comisión Paritaria Sectorial de Prensa No Diaria y afines compuesta por FESPACE (CC OO) y FES (UGT), miembros por la representación sindical y ARI por la representación empresarial, con las funciones y facultades que dicho acuerdo les atribuye en su artículo 18 y las que se derivan del Acuerdo Estatal de Formación Continua de Prensa No Diaria.
Tercero.- En desarrollo del II Acuerdo Nacional de Formación Continua se suscribe el Acuerdo Sectorial de Formación Continua para Prensa No Diaria y afines, cuyo texto se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 268, de 6 de noviembre de 1996, que es firmado por un representante de cada una de las partes.
Cuarto.- Los presentes acuerdos entrarán en vigor al día siguiente al de su firma.
Quinto.- Remitir los acuerdos de la presente Acta a la Autoridad laboral competente para su depósito, registro y publicación a los efectos legales oportunos.