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RESOLUCION 13-2-2003
DIRECCIÓN GENERAL TRABAJO.
BOE 4 marzo 2003, núm. 54/2003
    FARMACÉUTICOS-FARMACIA.
Dispone la inscripción en el Registro y publicación de las tablas salariales del año 2002 del Convenio Colectivo de Farmacias (código de Convenio número 9903895).

Visto el contenido de las tablas salariales del año 2002 del Convenio Colectivo de Farmacias (Código Convenio número 9.903.895), que fueron suscritas con fecha 5 de febrero de 2003, de una parte, por la Asociación Empresarial Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las Centrales Sindicales Unión Sindical Obrera, la Federación de Industrias Textil y Piel, Químicas y Afines de CC OO, la Federación de Servicios Públicos de UGT, CSIF-CSI y CEAFAEF, en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.- Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Acta de la reunicón de la mesa negociadora del Convenio Colectivo de Farmacias 2000, 2001 y 2002, celebrada en Madrid, el día 5 de febrero de 2003

Representantes de FITEQA-CC OO

Asisten los señores:

Por la parte sindical:

...(Siguen los nombres).

Representantes de UGT-FSP

...(Siguen los nombres).

Representantes de USO

...(Siguen los nombres).

Representantes de CSI-CSIF

Representantes de CEAFAEF

...(Siguen los nombres).

Por la parte de la patronal:

...(Siguen los nombres).

Como asesores:

...(Siguen los nombres).

En Madrid, 5 de febrero de 2003, se reúnen los señores relacionados, con el fin de celebrar una reunión para establecer las tablas de revisión salarial, por el desvío del IPC, correspondiente al año 2002.

Una vez abierta la sesión, a las once horas, los asistentes deliberan de las cuestiones motivo de la convocatoria llegándose a un acuerdo global se aprueba, por unanimidad, los siguientes acuerdos:

Primero. Se aprueba la revisión de la tabla salarial del año 2002, tras haberse constatado que el IPC real al 31 de diciembre de 2002, ha excedido en dos puntos el previsto por el Gobierno para dicho año. Siendo de aplicación la nueva tabla revisada en el exceso anteriormente mencionado y que figura como anexo.

Lo anteriormente mencionado le será de aplicación también denominado «plus ad personam» (artículo 30), originándose unas diferencias por este concepto para el año 2002 del 1,95 por 100.

Segundo. Respecto del registro y depósito de la presente documentación y su posterior tramitación que legalmente corresponda, las partes facultan a doña ..., Presidenta de la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles, así como para que comparezca y presente la documentación correspondiente y aquella para la que sea legalmente requerido ante los organismos públicos competentes, a cuyo fin se le confieren facultades de aclaración y subsanación de errores, en su caso, fijándose como domicilio a efectos de notificación la sede de FEFE, calle Claudio Coello, número 16, primero izquierda, de Madrid.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las once cuarenta horas y se extiende la presente acta por septuplicado ejemplar, que todos los asistentes firman, en el lugar y fecha al comienzo expresados.


Tabla aplicada durante 2002 (s/IPC previsto) Nueva tabla 2002 (revisión IPC real) Atrasos por diferencias
Mes

Euros
Año

Euros
Mes

Euros
Año

Euros
Mes

Euros
Año

Euros
Facultativos 1.143,98 17.159,70 1.166,30 17.494,50 22,32 334,80
Aux. M. Diplom. 845,41 12.681,15 861,91 12.928,65 16,50 247,50
Auxiliar Diplomado 774,08 11.611,20 789,19 11.837,85 15,11 226,65
Técnico en Farmacia 774,08 11.611,20 789,19 11.837,85 15,11 226,65
Auxiliar 705,38 10.580,70 719,15 10.787,25 13,77 206,55
Ayudante 661,57 9.923,55 674,47 10.117,05 12,90 193,50
Aprendiz 16 años SMI/año SMI/año
Aprendiz 17 años SMI/año SMI/año
Jefe administrativo 840,16 12.602,40 856,55 12.848,25 16,39 245,85
Jefe sección 774,08 11.611,20 789,19 11.837,85 15,11 226,65
Contable 739,77 11.096,55 754,21 11.313,15 14,44 216,60
Oficial administrativo 705,38 10.580,70 719,15 10.787,25 13,77 206,55
Auxiliar admtvo. (Caja). 639,36 9.590,40 651,84 9.777,60 12,48 187,20
Aspirante 16 años SMI/año SMI/año
Aspirante 17 años SMI/año SMI/año
Mozo 639,36 9.590,40 651,84 9.777,60 12,48 187,20
Limpieza SMI/mes SMI/mes