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RESOLUCION 17-10-2000
DIRECCIÓN GENERAL TRABAJO
BOE 1-11-2000, núm. 262
ARROZ
Corrige errores de Resolución 27-7-2000, de Convenio Colectivo Estatal para las Industrias de Elaboración (código Convenio número 9900335).
TEXTO:
Advertidos errores en el texto del Convenio Estatal para las Industrias de Elaboración de Arroz, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 27 de julio de 2000, en el Boletín Oficial del Estado, de 17 de agosto,
Esta Dirección General resuelve proceder a la siguiente rectificación:
En el artículo 37, jubilación, apartado 1, párrafo segundo, debe ser sustituido por:
«Jubilación a los sesenta años: 449.041 pesetas.
Jubilación a los sesenta y un años: 404.137 pesetas.
Jubilación a los sesenta y dos años: 359.234 pesetas.
Jubilación a los sesenta y tres años: 314.329 pesetas.
Jubilación a los sesenta y cuatro años: 269.433 pesetas».
En el artículo 44, póliza de seguro, añadir al final el siguiente párrafo: «Las pólizas deberán estar en vigor en el plazo de los treinta días siguientes a la fecha de la firma del presente Convenio Colectivo (entrada en vigor: 8 de julio de 2000).».
El Anexo I, ha de quedar sustituido por el siguiente:
«Tablas salariales provisionales año 2000 a cuenta: 2,75 por 100
Valor euro: 166,386 pesetas
Salario: Plus convenio, 669 pesetas por día trabajado (4,02 euros).
Salario: Plus transporte, 274 pesetas por día trabajado (1,65 euros).
Salario:
Dietas:
Completa: 919 pesetas (5,52 euros).
Media: 459 pesetas (2,76 euros).
Salario: Plus cuarto turno, 6.175 pesetas/semanales (37,11 euros).
Salario:
Jubilación voluntaria:
Sesenta años: 449.041 pesetas (2.698,79 euros).
Sesenta y un años: 404.137 pesetas (2.428,91 euros).
Sesenta y dos años: 359.234 pesetas (2.159,04 euros).
Sesenta y tres años: 314.329 pesetas (1.889,16 euros).
Sesenta y cuatro años: 269.433 pesetas (1.619,32 euros)».
Categorías |
Salario - Pesetas |
Salario - Euros |
Personal Técnico |
||
Jefe de Sección |
113.707 |
683,39 |
Oficial primera |
107.158 |
644,03 |
Oficial segunda |
103.790 |
623,79 |
Telefonista |
103.790 |
623,79 |
Auxiliar Administrativo |
98.740 |
593,44 |
Botones |
68.022 |
408,82 |
Personal de Producción |
||
Molero y Oficial primera |
3.573 |
21,47 |
Encargado |
3.460 |
20,80 |
Conductor y Maquinista |
3.369 |
20,25 |
Ayudante de Molero |
3.332 |
20,03 |
Oficial especialista |
3.291 |
19,78 |
Oficial especialista Carretillero |
3.332 |
20,03 |
Peón Especialista |
3.266 |
19,63 |
Peón |
2.965 |
17,82 |
Personal Subalterno |
||
Portero |
96.800 |
581,78 |
Vigilante |
96.800 |
581,78 |
Vigilante Jurado |
98.740 |
593,44 |
Ordenanza y Personal Limpieza |
92.495 |
555,91 |
Personal de Oficios Varios |
||
Oficial primera |
3.573 |
21,47 |
Oficial segunda |
3.332 |
20,03 |
Oficial tercera |
3.291 |
19,78 |