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RESOLUCION 19-11-2002
DIRECCIÓN GENERAL TRABAJO.
BOE 4 diciembre 2002, núm. 2902002
    EMPRESAS DE ENTREGA DOMICILIARIA.
Dispone la inscripción en el Registro y publicación de la actualización de las tablas salariales para el año 2002 del Convenio Colectivo Estatal de empresas de Entrega Domiciliaria (código de Convenio número 9908665).

Visto el contenido correspondiente a la actualización de las tablas salariales para el año 2002 del Convenio Colectivo Estatal de empresas de Entrega Domiciliaria (código de Convenio número 9908665), que fue suscrito con fecha 30 de octubre de 2002, de una parte, por la asociación empresarial Asemple, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las organizaciones sindicales CC OO y UGT, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1951, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.- Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Tabla salarial 2002 –revisada IPC– (euros)

Actualizada según el artículo 22 del VI Convenio Colectivo 2001-2002

Convenio Colectivo Estatal de empresas de Entrega Domiciliaria


Importe mensual/14 pagas
Mensualidad y pagas extras
Importe anual

Euros
Salario base:

Técnico 796,05 11.144,70
Oficial administrativo 557,24 7.801,36
Administrativo 557,24 7.801,36
Aspirante Adm. SMI SMI
Repartidor 557,24 7.801,36
Clasificador 557,24 7.801,36
Rep. clasificador 557,24 7.801,36
Aspirante operativo SMI SMI
Plus de zona de aspirantes:

5.000 a 50.000 3,26 45,64
50.001 a 100.000 3,48 48,72
100.001 a 300.000 7,95 111,30
300.001 a 600.000 23,88 334,32
600.001 a 900.000 39,80 557,20
900.001 a 1.400.000 71,64 1.002,96
1.400.001 en adelante 149,64 2.094,96
Plus de zona resto:

5.000 a 50.000 3,26 45,64
50.001 a 100.000 6,95 97,30
100.001 a 300.000 31,84 445,76
300.001 a 600.000 63,69 891,66
600.001 a 900.000 95,45 1.336,30
900.001 a 1.400.000 159,21 2.228,94
1.400.001 en adelante 318,42 4.457,88
Antigüedad:

Bienio 15,38
Quinquenio 30,76
Retribuciones que no devengan pagas extras:

Plus de transporte
310,46
Plus eventualidad (c.t.) 10
Horas extras (mínimo) hora 5,23

Tabla de valoración de horas extraordinarias (valores mínimos)

Categorías Número de habitantes
Desde 5.000 hasta 50.000 Desde 50.001 hasta 100.000 Desde 100.001 hasta 300.000 Desde 300.001 hasta 600.000 Desde 600.001 hasta 900.000 Desde 900.001 hasta 1.400.000 Desde 1.400.001 en adelante
Técnico 6,46 6,49 6,70 6,95 7,20 7,69 8,95
Oficial administrativo 5,23 5,23 5,23 5,23 5,31 5,81 7,07
Administrativo 5,23 5,23 5,23 5,23 5,31 5,81 7,07
Repartidor 5,23 5,23 5,23 5,23 5,31 5,81 7,07
Clasificador 5,23 5,23 5,23 5,23 5,31 5,81 7,07
Repart. Clasificador 5,23 5,23 5,23 5,23 5,31 5,81 7,07