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RESOLUCION 23-7-1998
DIRECCION GENERAL TRABAJO
BOE 12-8-1998, núm. 192
ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO
Acuerdo adoptado en la reunión constitutiva de la Comisión Negociadora del convenio único para el personal laboral.
TEXTO:
Resuelve:
Primero.- Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
«De conformidad con los artículos 83.2 y 84 del Estatuto de los Trabajadores, no se negociará ni se iniciará ninguna negociación colectiva en el ámbito de los Convenios Colectivos de la Administración del Estado hasta ahora existentes, salvo acuerdo expreso de esta Comisión Negociadora del Convenio único.»
«Se exceptúan de lo acordado en el párrafo anterior los procesos negociadores abiertos para el cierre del ejercicio de 1996 o anteriores.»