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RESOLUCION 24-2-2003
DIRECCIÓN GENERAL TRABAJO.
BOE 12 marzo 2003, núm. 61/2003
    CALZADO.
Dispone la inscripción en el Registro y publicación del Acta donde se recogen diversos Acuerdos salariales relativos al Convenio Colectivo para la Actividad de Industria del Calzado (código de Convenio número 9900805).

Visto el texto del Acta de fecha 7 de febrero de 2003 donde se recogen los acuerdos referentes a la tabla de diferencias salariales para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2002 y el 28 de febrero de 2003 y la actualización salarial para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2003 y el 29 de febrero de 2004 del Convenio Colectivo para la actividad de Industrias del Calzado (código Convenio número 9900805), que ha sido suscrita, de una parte, por la Federación de Industrias del Calzado Español (FICE) y la Asociación Española de Empresas de Componentes para el Calzado (AEC) en representación de las empresas del sector, y de otra, por la Federación de Industrias Afines de UGT (FIA-UGT) y FITEQA-CC OO, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.- Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Acta de la Comisión negociadora del Convenio Colectivo para la Actividad de Industrias del Calzado (número de Código 9900805)

En Alicante, siendo las once quince horas del día siete de febrero de dos mil tres, se reúnen los señores ... (siguen los nombres) por el Sindicato FITEQA-CC OO: ...(siguen los nombres) por el Sindicato FIA-UGT; don ... y don ... en representación de AEC y ...(siguen los nombres) en representación de FICE, todos ellos componentes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para la actividad de Industrias del Calzado (número de código 9900805), quienes en reunión de constitución de la Comisión negociadora del Convenio, celebrada el día veintiuno de febrero de dos mil dos, se reconocieron mutua capacidad y legitimaron para negociar el Convenio, al objeto de tratar el siguiente orden del día:

1. Aplicación de la revisión salarial prevista en el artículo 34, apartado 3.1º, del vigente Convenio Colectivo para la actividad de Industrias del Calzado.

2. Aplicación de la actualización prevista en el artículo 34, apartado 2.1º, del vigente convenio colectivo para la actividad de Industrias del Calzado, de conformidad con lo establecido en dicho texto y para el período comprendido entre el uno de marzo de dos mil tres y el veintinueve de febrero de dos mil cuatro.

Primero. A continuación y tras haber constatado las partes la procedencia de la revisión salarial establecida en el artículo 34, apartado 3.1º, del vigente Convenio Colectivo para la actividad de Industrias del Calzado se procede a aprobar por unanimidad y confeccionar las tablas salariales definitivas para el período comprendido entre el uno de marzo de dos mil dos y el veintiocho de febrero de dos mil tres, uniéndose a la presente acta como anexo I de la misma.

Segundo. Acto seguido, y dado que en el artículo 34, apartado 2º del Convenio Colectivo se acordó la actualización salarial para el período comprendido entre el uno de marzo de dos mil tres y el veintinueve de febrero de dos mil cuatro, con la previsión de IPC más un punto, se procede a confeccionar las tablas salariales resultantes del incremento del 3 por 100, que son aprobadas por unanimidad de todos los componentes de la Comisión negociadora, uniéndose a la presente acta en el anexo I de la misma.

ANEXO I

TABLA SALARIAL


Revisión salarial
(1-3-2002/28-2-2003)
Salario anual
(1-3-2003/29-2-2004)
Salario mes
(extras aparte)
Salario día
(extras aparte)
Salario mes
(todo incluido)
Salario día
(todo incluido)
Hora-prima
(incentivos)
Grupo I






Personal Técnico Titulado:






Ingenieros y Licenciados 273,64 19.635,68 1.402,55 1.636,31
Ingenieros Técnicos y Analistas Diplomados 251,16 18.022,68 1.287,33 1.501,89
Graduados Sociales y ATS 251,16 18.022,68 1.287,33 1.501,89
Personal Técnico no Titulado:






Encargado General Fabricación 251,12 18.019,27 1.287,09 1.501,61
Encargado Depto. y Técnico de Organización 244,50 17.544,49 1.253,18 1.462,04
Encargado Sector, Programador y Modelista 219,63 15.759,92 1.125,71 1.313,33
Patronista 201,28 14.443,36 1.031,67 1.203,61
Encargado de Sección y Cronometrador 186,73 13.399,15 957,08 1.116,60
Subencargado de Sección 164,00 11.767,78 840,56 980,65
Grupo II






Empleados Mercantiles:






Jefe de Compras y Ventas 243,21 17.452,29 1.246,59 1.454,36
Agente de Compras y Viajantes 198,27 14.227,54 1.016,25 1.185,63
Oficial de vengas 196,21 14.079,54 1.005,68 1.173,29
Dependiente 147,01 10.545,97 753,50 879,05
Personal Administrativo;






Jefe de Sección 227,65 16.335,71 1.166,84 1.361,31
Jefe de Negociado 218,45 15.675,51 1.119,68 1.306,29
Oficial de Primera 186,73 13.399,15 957,08 1.116,60
Oficial de Segunda 170,94 12.265,96 876,14 1.022,16
Auxiliar y Telefonista 148,51 10.656,59 761,19 888,05
Grupo IV






Oficios Varios:






Conductor transportista y Maestro mesilla 169,75 12.180,79 870,06 28,66 1.015,07 33,37
Encargado de Almacén y Listero 159,95 11.477,78 819,84 27,01 956,48 31,45
Almacenero y Chofer o Distribuidor 156,34 11.218,18 801,30 26,40 934,85 30,73
Vigilante y Pesador 144,48 10.367,15 740,51 24,39 863,93 28,40
Ordenanza, Portero y Mozo almacén 143,81 10.319,27 737,09 24,28 859,94 28,27
Empleados de limpieza 140,06 10.049,91 717,85 23,65 837,49 27,53
Grupo III






Fabricación:






Fabricación Nivel 5 156,45 11.226,07 801,86 26,41 935,51 30,76 6,24
Fabricación Nivel 4 151,10 10.842,25 774,45 25,51 903,52 29,70 6,02
Fabricación Nivel 3 145,75 10.458,44 747,03 24,61 871,54 28,65 5,81
Fabricación Nivel 2 143,56 10.301,30 735,81 24,24 858,44 28,22 5,72
Fabricación Nivel 1 142,06 10.193,56 728,11 23,98 849,46 27,93 5,66
Trabajadores en formación (y para el 100 por 100 de jornada):






Aprendices

2º año

129,20 9.271,17 662,23 21,81 772,60 25,40
Aprendices 1º año 107,67 7.725,98 551,86 18,18 643,83 21,17
Aspirantes 2º año 106,39 7.634,42 545,32 17,96 636,20 20,92
Botones 2º año 93,74 6.726,69 480,48 15,83 560,56 18,43
Aspirantes y botones 1º año 91,66 6.577,33 469,81 15,48 548,11 18,02