Consultas legales - Leyes - Convenios Colectivos

Volver

RESOLUCION 26-12-1990

DIRECCION GENERAL TRABAJO

BOE 16-1-1991, núm. 14

AVIACION CIVIL

Revisión salarial para 1990 del convenio colectivo de Empresas de tratamientos agroforestales y de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.

TEXTO:

Acuerda:

Primero.- Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

ANEXO: Tabla salarial del año 1990: Salarios en vigor desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 1990

Real Decreto 170/1990, de 9 de febrero, por el que se fija salario mínimo interprofesional para el año 1990.

ANEXO

PRIMAS DE PRODUCCION

PRIMAS DE PRODUCCION DESDE EL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 1990

Categorías

Pilotos:

Fertilización: 1,28.

Restantes tratamientos agrícolas (pesetas K/L): 2,913.

Tratamientos bajos volúmenes y ULV (pesetas/hectárea): 42,90.

Prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales, lucha contra heladas y otros trabajos aéreos que hayan de ser medidos por tiempos:

Aeronave de 0 a 500 K/l (pesetas/hora): 4.483.

Aeronave de 501 a 1.000 K/l (pesetas/hora): 5.341.

Aeronave de más de 1.000 K/l (pesetas/hora): 5.556.

DIETAS

DIETAS EN VIGOR DESDE EL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 1990

Categorías

A) Personal de Vuelo: 3.435.

B) Personal de Tierra:

Técnico de Grado Superior: 5.070.

Técnico de Grado Medio: 3.120.

Jefe de Primera Administrativo: 3.120.

Técnico Aeronáutico: 3.120.

TMA Jefe de Taller: 3.120.

TMA Jefe de Sección: 2.630.

Técnico no titulado: 2.630.

Resto de personal: 2.630.

Para trabajos en el extranjero el alojamiento, manutención y transporte del personal serán por cuenta de la Empresa.