| Consultas legales - Leyes - Convenios Colectivos |
| Volver |
RESOLUCION 26-12-1990
DIRECCION GENERAL TRABAJO
BOE 16-1-1991, núm. 14
AVIACION CIVIL
Revisión salarial para 1990 del convenio colectivo de Empresas de tratamientos agroforestales y de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.
TEXTO:
Acuerda:
Primero.- Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
ANEXO: Tabla salarial del año 1990: Salarios en vigor desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 1990
Real Decreto 170/1990, de 9 de febrero, por el que se fija salario mínimo interprofesional para el año 1990.
ANEXO
PRIMAS DE PRODUCCION
PRIMAS DE PRODUCCION DESDE EL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 1990
Categorías
Pilotos:
Fertilización: 1,28.
Restantes tratamientos agrícolas (pesetas K/L): 2,913.
Tratamientos bajos volúmenes y ULV (pesetas/hectárea): 42,90.
Prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales, lucha contra heladas y otros trabajos aéreos que hayan de ser medidos por tiempos:
Aeronave de 0 a 500 K/l (pesetas/hora): 4.483.
Aeronave de 501 a 1.000 K/l (pesetas/hora): 5.341.
Aeronave de más de 1.000 K/l (pesetas/hora): 5.556.
DIETAS
DIETAS EN VIGOR DESDE EL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 1990
Categorías
A) Personal de Vuelo: 3.435.
B) Personal de Tierra:
Técnico de Grado Superior: 5.070.
Técnico de Grado Medio: 3.120.
Jefe de Primera Administrativo: 3.120.
Técnico Aeronáutico: 3.120.
TMA Jefe de Taller: 3.120.
TMA Jefe de Sección: 2.630.
Técnico no titulado: 2.630.
Resto de personal: 2.630.
Para trabajos en el extranjero el alojamiento, manutención y transporte del personal serán por cuenta de la Empresa.